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El Juzgado federal número 2 de La Plata hizo lugar al pedido de amparo presentado por trabajadores del Banco Nación contra la resolución del Poder Ejecutivo de convertir ese ente autárquico en sociedad anónima, y dispuso la suspensión de los efectos del Decreto 116/2025.
Dicho decreto, del 19 de febrero pasado, disponía la transformación del BNA en una sociedad anónima bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550, aprobaba el Estatuto Social de esa nueva sociedad e instruía al Directorio a tomar las medidas necesarias para llevar a cabo esa transformación y su inscripción ante la IGJ.
En su parte resolutiva, el fallo señala que "los antecedentes legales expuestos confirman que la modificación de la Carta Orgánica del Banco de la Nación Argentina debe realizarse a través de un proceso legislativo en el Congreso de la Nación, máxime si éste implica una modificación sustancial, como es en el caso la pretensión de transformar su naturaleza jurídica".
El magistrado considera "acreditado que el Banco de la Nación Argentina no puede ser modificado en su estructura jurídica a través del decreto 116/2025, conforme el texto de la ley 27.742 (arts. 1 y 3, invocados en los fundamentos de su dictado)".